viernes, 21 de junio de 2013

210

Responsabilidad del fiduciario. El contrato de franquicia comercial ha sido caracterizado como un método o sistema vinculado a la comercialización de productos o servicios, a través del cual el franquiciante, consciente de poseer un producto o servicio que satisface las necesidades del mercado, arma una estructura particular a fin de que el negocio se expanda a través de empresarios independientes. En el caso, se presenta una fuerte injerencia en la actividad del franquiciado por parte del franquiciante y ello implica que las actividades de uno y otro no son ajenas sino que la del franquiciante se integra de manera inescindible a la actividad normal y específica propia del establecimiento que explota el franquiciado (desarrollo de la cadena denominada “La Parolaccia” y “La Bisteca”, consistente en una red de puntos de venta identificados con una imagen y una serie de servicios).[1]



[1] Sala I, Expte Nº 7.635/10 Sent. Def. Nº 88.064 del 06/09/2012 “Cobben Carlos Omar c/ Satrincha SA y otros s/ Diferencias de salarios”. (Vilela - Vazquez)

No hay comentarios:

Publicar un comentario