Oficinas. Si las oficinas de la firma
accionada constituyen una unidad técnica y de ejecución, concebida e instituida
para el logro de los fines de la organización empresaria representada por la
firma demandada (art. 6º de la
L.C.T.), su cierre definitivo determina la configuración de la hipótesis
prevista expresamente en el art. 51 de la ley 23.551.
sujeto que actúe con fines de
lucro.
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