lunes, 17 de junio de 2013

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Oficinas.  Si las oficinas de la firma accionada constituyen una unidad técnica y de ejecución, concebida e instituida para el logro de los fines de la organización empresaria representada por la firma demandada (art. 6º de la L.C.T.), su cierre definitivo determina la configuración de la hipótesis prevista expresamente en el art. 51 de la ley 23.551. sujeto que actúe con fines de lucro.

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