lunes, 24 de junio de 2013

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Concepto. Conforme lo dispuesto por el artículo no basta la existencia de un conjunto económico para considerar la corresponsabilidad de sus integrantes en cuanto a las obligaciones laborales y de seguridad social, sino que es necesario la demostración de una conducta reprochable en la dirección de las actividades del mismo.[1]


[1] Lauria, Osvaldo N. C/ Tecnología De Avanzada S.a. Y Otros (welco Srl) S/ Despido Indirecto 
onverted-space> "Dura Héctor Omar y Otro c/ J.P.F. Gas SA y Otro S/ Indemnización por despido, etc." 
Juez del Voto:
 Sánchez
Mag. votantes :
 Baeza; Martín; Sánchez; SD

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