Efectos. Los
arts. 56 de la Ley de Contrato de Trabajo y 44 inc. d) de la ley 11.653
confieren al juzgador un margen de discreción y prudencia que le permite
apartarse de los resultados que la aplicación automática de los arts. 55 de la
Ley de Contrato de Trabajo y 39 de la ley 11.653 pudieran arrojar, claro está,
con expresión precisa de los motivos que tenga para ello. [1]
[1] Y 5 Martorello, Raúl Aníbal c/ Molina, Daniel Héctor s/ Haberes adeudados,
diferencias salariales, etc.
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