viernes, 13 de septiembre de 2013

Trabajo no registrado > Ley 24013 > Intimaciones por falta de registro total o parcial del contrato de trabajo - Cambio del domicilio social - Intimación en domicilio equivocado

La obligación de obrar con buena fe está establecida en el art. 63, LCT, respecto de ambas partes del contrato, y para ser aplicada también en la oportunidad de extinguir el mismo. En ese marco corresponde merituar la conducta desplegada por la actora al momento de realizar la notificación prevista en el inc. a, art. 11, Ley 24013. De acuerdo con la informativa producida en la causa, se pudo acreditar que el domicilio al cual envío la intimación requiriendo de su empleador la regularización de su situación laboral, no coincidía con el domicilio denunciado unos días antes en el SECLO cuando, actuando en carácter de apoderada de la demandada, ratificó un acuerdo conciliatorio celebrado con un ex empleado que se había considerado despedido ante el cierre del establecimiento situado en el primer domicilio referenciado. Así, el accionar de la reclamante no se ajustó al deber de buena fe al dirigir la notificación de su intimación a un domicilio perteneciente al establecimiento cerrado de la demandada, sin tomar otros recaudos que estaban a su alcance atento la constitución de domicilio que ella misma efectuara ante el SECLO. En razón de lo expuesto, la notificación cursada no puede computarse a los fines del art. 11, Ley 24013, correspondiendo detraer del monto fijado en la sentencia de grado los rubros establecidos por los arts. 8 y 15, Ley 24013.

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