lunes, 7 de julio de 2014

Resoluciones casuísticas > Servicio de distribución - Productos alimenticios - Improcedencia

El perito contable informó que la firma Arcor, sólo posee vinculación con la distribuidora accionada en carácter de comprador mayorista de sus productos, también expresó que Arcor posee 325 clientes y que la facturación con la empleadora del actor en un rango de 20 meses aproximadamente significó un 0,59 % de su volumen de venta en tal periodo de tiempo, siendo además negativo el saldo de la cuenta corriente mantenida con la empresa alimenticia. Corresponde destacar que no se acreditó mediante ningún elemento de juicio la existencia de un contrato de exclusividad entre ambas codemandadas y que tampoco existía fijación de precios para comerciantes minoristas o mayoristas. Siendo así, resulta probado que la distribuidora era un cliente más de la empresa Arcor con quien se vinculaba comercialmente a partir de la adquisición de productos fabricados por esta última para luego revenderlos a comercios minoristas mediante su propia organización y obteniendo por ello una diferencia (ganancia). En definitiva, no se encuentra acreditado que la distribuidora se vinculara con Arcor para formar parte de uno de los canales de distribución mayorista de esta última en cumplimiento de su objeto societario, sino como un adquirente final de sus productos a través de contratos de compraventa de mercaderías. Estas circunstancias evidencian que, aún cuando pudo hacerlo pues los objetos sociales de ambas empresas así lo permitían, Arcor no contrató ni subcontrató trabajos o servicios correspondientes a su actividad normal y específica propia del establecimiento (comercialización mayorista) con la firma empleadora del accionante, sino que le vendió la mercadería que esta última ofrecía comprarle para hacer su propio negocio, por lo que no corresponde activar la responsabilidad establecida en la norma (art. 30, LCT) desde que se encuentra probado, y no desvirtuado, que las partes sólo se vincularon a partir de la compraventa de productos elaborados por la primera.

Medina, Miguel Ángel vs. Distribuidora Mikro S.A. y otros s. Despido. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala II; 30-05-2014

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