lunes, 17 de junio de 2013

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Régimen Legal. Existen reglas específicas en materia laboral que desplazan la aplicación supletoria que en todo caso podría concederse al Derecho Civil, orden de prelación que resulta, entre otras razones de la interpretación del art. 1° inc. b de la Ley de Contrato de Trabajo.

Romero, Enrique Alberto c/ Ignacio F. Kasserman S.A. s/ Daños y perjuicios

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