jueves, 12 de septiembre de 2013
Discriminación en el trabajo > Despido discriminatorio > Otras hipótesis de despido discriminatorio - Discriminación por razones de salud - Trastorno auditivo crónico - Tratados internacionales - Convenios OIT
La discriminación arbitraria al ser un acto prohibido por los arts. 17 y 81, LCT; art. 1, Ley 23592, en consonancia con lo dispuesto en los arts. 14, 14 bis, 16 e incs. 22 y 23, art. 75, Constitución Nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos, Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Convenio 111 OIT sobre la Discriminación en el Empleo y la Ocupación; no se realiza de manera explícita, sino encubierta, solapada, porque quien conoce la ilegitimidad de su actuar intenta disimularlo o directamente ocultarlo. En el caso, el despido directo de la actora careció de justa causa (reordenamiento administrativo nunca probado), además, la demandada no produjo prueba objetiva y razonable que justifique el temperamento adoptado con relación a la accionante, quien sí aportó indicios razonables, suficientes y pertinentes que permitieron deducir que se había producido un despido discriminatorio en función del padecimiento de un trastorno auditivo crónico. Los testigos aportados por ambas partes coincidieron en manifestar que las ausencias reiteradas y permanentes de la actora por motivos de salud, entorpecían y generaban problemas en el trabajo diario; asimismo, el propio empleador aludió a que la baja productividad de la actora era producto de sus permanentes inasistencias por licencias médicas. De tal forma, el estado de salud de la trabajadora se constituyó en un factor discriminatorio para excluirla de su lugar de trabajo e impedirle el ejercicio de sus derechos fundamentales y, si bien ello no ocurrió al inicio de la relación, sí lo fue al final, ya que su enfermedad se había hecho notoria y agravado en el transcurso de la relación de trabajo, con indudables consecuencias en su vida diaria y laboral.
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