Se confirma la sentencia de grado que admitió la demanda interpuesta por el trabajador en procura del cobro de las indemnizaciones emergentes del despido dispuesto por la demandada, en tanto consideró que la conducta imputada al actor no revistió el carácter de injuria conforme los términos del art. 242, LCT. Si bien se acreditó la causal invocada por el empleador para despedir al actor, esto es, haberlo encontrado durmiendo en su horario de trabajo luego de dos horas y media de ser buscado por un supervisor; la misma no revistió entidad suficiente como para disponer de modo directo el despido.
Blasco, Jorge Antonio vs. Argencraft S.A. y otro s. Despido. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala V; 12-08-2013
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