miércoles, 19 de junio de 2013

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Accidentes. Actuación Administrativa.  El sistema creado por los artículos 21, 22 y 46 inc. 1 de la Ley de Riesgos del Trabajo y el Decreto reglamentario  717/96 contraría la garantía de la defensa en juicio y la efectividad de la tutela jurisdiccional (Arts. 1º, 18, 31, 75 inc. 22, CN y 8º inc. 1 y 25 inc. 1, del Pacto de San José de Costa Rica) en función, además de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.[1]


[1] Fedczuk, Carlos O. C/ Garovaglio Y Zorraquín S.a. Y Otro S/ Despido, Etc.

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