Prestación de Servicios. La ley prevé que la prestación de servicios hace presumir la existencia
de una relación laboral, quien pretenda negarla deberá ofrecer y producir la
prueba que la contradiga. Exigir al trabajador, que demuestre que la prestación
de servicios fue bajo relación de dependencia, importaría desnaturalizar la
presunción y darle un alcance diferente a las normas que reglamentan las
garantías constitucionales de protección laboral. [1]
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