No resulta de aplicación el art. 27 de la Ley de Contrato de Trabajo
desde que para que se configure la calidad de socio empleado, debió la
accionante, haber acreditado la subordinación respecto de la sociedad de la
cual formaba parte el causante. [1]
[1] Martínez, Elsa Paulina c/
Cooperativa de Trabajo Sila Ltda. y Molinos Río de La Plata S.A. s/
Fallecimiento por accidente
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