7. Promoción y venta. Merchandising. Mantenimiento de
góndolas en comercios. Solidaridad. Procedencia. La empresa Gillette
Argentina SA contrató con Bayton Servicios Empresarios SA para que se encargara
de las tareas de reposición de sus productos en supermercados, hipermercados,
clientes mayoristas, farmacias y perfumerías, incluyendo además el
mantenimiento de las góndolas donde se comercializaban dichos productos, así
como la toma y remisión de información del punto de venta.
Con base en tales circunstancias cabe convenir que
resulta válida la consideración acerca de que la actividad objeto de la
contratación se enmarca dentro de la calificación de “normal y específica
propia” del establecimiento de Gillette Aergentina SA en la medida en que se
tenga presente que las tareas de promoción y reposición de productos
perfeccionó un cierto tramo de la unidad técnica de ejecución que conforma la
actividad de la contratante en tanto que dicha actividad contribuyó a la
obtención de la finalidad perseguida que no es otra que la comercialización y
distribución de sus productos (arts. 6 y 30 LCT).[1]
[1] CNAT Sala X Expte n°
25999/06 sent. 16058 23/4/08 « Moreno, Federico c/ Bayton Servicios Empresarios
SA y otro s/ despido » (Stortini. Corach.).
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