[1]
GENERAL SECURITY SA s/ CONC. PREV. S/ INC. DE APELACION. Sentencia - CAMARA NACIONAL DE
APELACIONES EN LO COMERCIAL. 14/7/2004
lunes, 24 de junio de 2013
276
Concursos, gastos
del concurso, quiebra, salvataje de la empresa, acreedores del
concurso, capital social. Si
los gastos del concurso que fueron determinados, obedecieron a la necesidad de
determinar el valor de las acciones de la defendida tal como prescribe la LC
art. 48 inc. 4, la que arrojó finalmente resultado
negativo, la intimación bajo apercibimiento de quiebra a depositar en cierto
plazo determinada suma de dinero, no reconoce amparo normativo dado que,
conforme lo dispuesto en el articulo citado, inciso 7, en la descripta
situación, el tercero que ha obtenido las conformidades de los acreedores,
tiene derecho a que se le transfiera la titularidad del capital junto con la
homologación del acuerdo, sin pago adicional.[1]
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario