lunes, 17 de junio de 2013

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Franquicia. El contrato comercial de franquicia solo puede entenderse celebrado entre comerciantes, cada uno con un emprendimiento propio y fines diferentes a los del otro. El franquiciante no puede intervenir en el negocio del franquiciado, pues de lo que estamos hablando es de una relación comercial autónoma respecto de la cual la jurisprudencia se ha encargado de afirmar señalando que la interferencia entre los contratantes excluye el contrato de franquicia, como lo dice expresamente la norma proyectada de Código Civil y Comercial de la Nación. A su vez, la indicación en la ropa del nombre de Pronto Wash (la franquicia) es indicativa del verdadero y directo empleador, así como que en el caso nos encontramos ante un sujeto interpuesto en fraude a la ley.

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