lunes, 17 de junio de 2013
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Franquicia. El contrato comercial de franquicia solo puede
entenderse celebrado entre comerciantes, cada uno con un emprendimiento propio
y fines diferentes a los del otro. El franquiciante no puede intervenir en el
negocio del franquiciado, pues de lo que estamos hablando es de una relación
comercial autónoma respecto de la cual la jurisprudencia se ha encargado de
afirmar señalando que la interferencia entre los contratantes excluye el
contrato de franquicia, como lo dice expresamente la norma proyectada de Código
Civil y Comercial de la Nación. A su vez, la indicación en la ropa del nombre
de Pronto Wash (la franquicia) es indicativa del verdadero y directo empleador,
así como que en el caso nos encontramos ante un sujeto interpuesto en fraude a
la ley.
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