lunes, 18 de noviembre de 2013
Exclusión de tutela sindical
Exclusión de tutela sindical. Intimación a jubilarse del representante gremial. Admite la acción de exclusión de tutela sindical interpuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a los fines de cursar al trabajador la intimación prevista por el art. 252 L.C.T., toda vez no se advierte en modo alguno que la finalidad perseguida por el actor se vincule con otra razón que no sea que el trabajador se encuentra en condiciones de acceder al beneficio jubilatorio; así como tampoco se individualizan elementos objetivos que permitan vislumbrar una intención contraria a la libertad sindical en la conducta de la empleadora. Añade que el art. 52 de la ley 23.551 no distingue qué circunstancias podrán justificar el levantamiento de la tutela sindical, las que justamente deberán ser ponderadas por el sentenciante, previo cotejo, que la medida que pretende adoptar la empleadora no encubra prácticas antisindicales o persecutorias de quien goza de estabilidad sindical.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario