jueves, 15 de diciembre de 2016

Ley 27320 - Régimen de Contrato de Trabajo - Modificación

  • Emisor: Poder Legislativo Nacional
  • Publicación en el Boletín Oficial: 15/12/2016
  • Sanción: 16/11/2016
  • Promulgación: 13/12/2016
  • Síntesis: Se incorpora un tercer párrafo al art. 147, Ley 20744, del Régimen de Contrato de Trabajo.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1: Incorpórase como tercer párrafo del artículo 147 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20744 (t. o. 1976) y sus modificatorias el siguiente texto:
"A los fines de hacer operativas las previsiones contenidas en el presente artículo, la traba de cualquier embargo preventivo o ejecutivo que afecte el salario de los trabajadores se deberá instrumentar ante el empleador para que éste efectúe las retenciones que por derecho correspondan, no pudiéndose trabar embargos de ningún tipo sobre la cuenta sueldo. Trabado el embargo, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, el empleador deberá poner en conocimiento del trabajador la medida ordenada, debiendo entregar copia de la resolución judicial que lo ordena."

Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

- Registrada bajo el N° 27320 -

Emilio Monzó - Federico Pinedo - Eugenio Inchausti - Juan P. Tunessi.

Buenos Aires, 14 de Diciembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley 27320 (IF-2016-04428044-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 16 de noviembre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 13 de diciembre de 2016.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Cumplido, archívese. 

Pablo Clusellas.

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