Aun cuando alegue no haber sido la empleadora directa, dado que la codemandada HSBC omite toda
consideración sobre la forma de contratación del accionante, como asimismo de que se haya efectuado
una registración fraguada, le cabía a esta parte la obligación de extender los certificados de trabajo
conforme a las pautas del art. 80 L.C.T..
Sala VI, Expte Nº 7290/10 Sent. Def. Nº 64.834 del 22/02/2013 “DIAZ Santos Fabian A. c/HSBC Bank
Argentina SA y otro s/ Despido”. (Fernandez Madrid - Raffaghelli)
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