Normas
internas de la empresa, unilateralmente decididas por el empleador. Las denominadas “normas internas” de la empresa
son una mera voluntad del empleador sin exigibilidad alguna por carecer de
aceptación jurídica por parte de los trabajadores y no pueden equiparse a los
denominados “reglamentos de empresa” que son normas bilaterales que surgen de
los consejos de empresa (RCT art.68) por lo que fundamentarse en tales normas
es netamente improcedente y violatoria del paradigma del Trabajo Decente
lanzado al ruedo cultural y político por el Director General de la OIT
ella.
CNAT,
Sala VI, "Gabriel Pareja Shylby Susy c/ dia argentina s.a.
s/despido", 28.02.2005.
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