La actora incurrió en un incumplimiento de tal gravedad que tornó ajustado a derecho el despido de autos, resultando relevante para la dilucidación del presente caso, el reconocimiento expreso formulado en el interrogatorio llevado adelante por la demandada a los fines de esclarecer su situación. En tal oportunidad, expresó que se desempeñó de manera simultánea en una empresa dedicada a prestar servicios de asesoría legal y técnica a empresas de telecomunicaciones, además de admitir que mantuvo una relación laboral/comercial con dos abogados vinculados a dicha consultora que tramitan una importante cantidad de causas contra la empresa, representendo a clientes y empleados de la misma. Dicho accionar resulta contrario a lo estipulado en el "manual de normas éticas y de comportamiento" vigente en la firma y conocido por la accionante, en tanto configura un claro ejemplo de conflicto de intereses.
P., N. V. vs. Telefónica de Argentina S.A. s. Despido.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala IV; 21-05-2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario