jueves, 20 de febrero de 2014

Violencia laboral > Acoso moral - Violencia contra la mujer - Responsabilidad por el hecho del dependiente

Se confirma la sentencia de grado que hizo lugar al resarcimiento pretendido por la actora con sustento en los arts. 1113 y 1078, Código Civil, por los daños material y moral derivados de haber sido víctima de una situación de violencia laboral en su lugar de tareas proveniente de un superior jerárquico. Ello así, en tanto la empresa demandada no acercó ningún elemento de prueba válido a fin de evidenciar que obró con la diligencia exigible a un buen empleador ante la gravedad de los hechos (acoso sexual) denunciados por la trabajadora contra un dependiente por el cual debía responder; denuncia que, no sólo cursó a la firma coaccionada mediante telegrama, sino que también realizó personalmente ante la Comisaría de la Mujer y la Familia y en la delegación del Ministerio de Trabajo correspondiente a su zona de trabajo.

M., E. E. vs. Incott S.A. s. Despido. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala X; 29-11-2013

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